La continuidad de Óscar Villegas como seleccionador nacional puede estar en riesgo debido a un proceso que abrió en su contra el Tribunal de Ética de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF), en un caso que implica también a dirigentes de Oriente Petrolero.
Una denuncia formulada por el socio orientista Víctor Hugo Pérez fue admitida por ese tribunal, que declaró el tratamiento del caso en reserva.
El mismo tiene que ver con el destino que Oriente dio a la recaudación de un clásico con Blooming, donde en una planilla de pagos aparece Villegas por haber recibido unos 400.000 bolivianos como devolución de un préstamo.
La denuncia va dirigida también a los dirigentes albiverdes Ronald Raldes (presidente), Christian Figueroa (director ejecutivo), René Urioste (vicepresidente) y Mari Cruz Aguilera (vicepresidenta).
La admisión
El procedimiento fue admitido considerando que “el Código de Ética describe en el capítulo III una serie de conductas que, por un lado, deben ser observados por todos los sujetos alcanzados por sus regulaciones y, por otro, las infracciones que dichos sujetos deben evitar en el ejercicio de sus actividades y funciones”.
El Tribunal de Ética “puede, a su entera discreción, investigar las posibles contravenciones” al Código de Ética, “de oficio o basándose en denuncias”.
Además, su misión “está dirigida a preservar la integridad y prestigio de la FBF, lo que implica la necesidad de investigar y, en su caso, sancionar aquellas conductas en las que incurran las personas alcanzadas por las previsiones del Código de Ética”.
En reserva
Según la resolución, el proceso queda abierto por supuestos actos de “corrupción, cohecho y ejercicio abusivo del cargo”.
Para seguir con el mismo se ha declarado “la reserva estricta de toda la información y actuados relacionados, directa e indirectamente, con esta etapa de instrucción bajo expresa sanción que evaluará e impondrá el Tribunal”.
Los denunciados podrán expresar su posición y presentar sus pruebas hasta el viernes 18 de septiembre; mientras tanto ha sido diferida la definición de las medidas provisionales “con posterioridad a la realización de la primera audiencia de trámite”, que aún no ha sido fijada.














































