Nacional Potosí impugnó a Guabirá por la actuación supuestamente antirreglamentaria de Heber Leaños, en el partido del miércoles por la Copa Sudamericana, y ahora está en suspenso la clasificación del azucarero a la fase de grupos.
Dirigentes de Nacional presentaron el reclamo oficial ante la Conmebol dentro de los plazos establecidos (máximo 24 horas posteriores al encuentro).
El cruceño se impuso en los dos encuentros, en la ida por 4 a 1 en Santa Cruz y el miércoles 1-2 en la Villa Imperial, con lo que aseguró su clasificación a fase de grupos por la vía deportiva.
Nacional considera que Leaños, quien jugó ambos compromisos, estaba inhabilitado por una suspensión que arrastraba desde 2019, cuando era jugador de Bolívar.
El futbolista fue expulsado en el partido que la Academia perdió en La Paz con el uruguayo Defensor Sporting (2-4) el miércoles 23 de enero, por fase 1 de la Copa Libertadores; entonces el Tribunal de Disciplina de Conmebol lo suspendió con dos partidos y le impuso una multa de 3.000 dólares (artículo 12.6).
Cumplió uno, al no jugar la vuelta en Montevideo, en la que Bolívar ganó por 2-3, pero quedó eliminado.
La fundamentación
Nacional hizo el reclamo basado en el Artículo 74 que en su primer punto dice: “Salvo que los órganos judiciales acuerden algo distinto, las suspensiones por partidos y las suspensiones que impiden ejercer funciones, deben cumplirse durante el transcurso de la competición en la cual la infracción fue cometida”.
Como Bolívar quedó fuera, Leaños no pudo cumplir con el segundo encuentro de suspensión y no volvió a jugar un torneo internacional hasta la Sudamericana de ahora.
El mismo artículo en su punto 2, en el que se ampara Nacional, señala: “Cualquier suspensión por partidos o la suspensión que impida ejercer funciones que no se haya cumplido íntegramente al finalizar la competición durante la cual fue cometida la infracción, se extenderá a la siguiente competición de la misma categoría (selecciones nacionales o clubes) en la cual el infractor pudiera participar con independencia de que el infractor haya cambiado de club”.
Nacional considera que tanto la Libertadores como la Sudamericana corresponden a la misma categoría.
















































Hay que ser sonso para no reconocer la norma…
El plazo es de 24 horas para impugnar una participación no debida, en ese caso la impugnación debió hacerse en ese plazo DESPUÉS DEL PARTIDO DE IDA en Montero, pues ese era el partido donde no podía jugar Leaños.
Supuestamente para el partido de vuelta ya no tendría sanción.
De igual manera se consultó a CONMEBOL si habría alguna sanción para el jugador antes de incluirlo en la alineación, EL ENTE ENCARGADO DE INPARTIR JUSTICIA RESPONDIÓ QUE NO EXISTÍA SANCIÓN, más o menos como cuando lees el código penal para averiguar si estas cometiendo delito antes de realizar una acción.
Si no hay tipificación no hay delito.
No vengan a cacarear y a manchar el buen fútbol después que les dieron paliza en cancha de ida y vuelta.