La Federación Boliviana de Fútbol (FBF) ha rechazado la resolución del Tribunal de Disciplina Deportiva (TDD) en el caso del jugador de The Strongest Willie Barbosa, porque “no reúne las condiciones mínimas de fundamentación, motivación y congruencia”; además, la califica como “una evidente intromisión a las decisiones del árbitro”.
Según la FBF, cada árbitro “tiene la autoridad para tomar determinaciones que no pueden ser modificadas por ningún tribunal de justicia deportiva. Por lo tanto se iniciarán procesos deportivos contra miembros del TDD por haber dictado resoluciones contrarias a las normas deportivas que rigen nuestra institucionalidad”.
El tribunal decidió no sancionar al jugador Barbosa con un partido de suspensión por la tarjeta roja que recibió en el partido frente a Always Ready y lo habilitó para jugar con el Tigre el siguiente encuentro, ante Wilstermann, aunque The Strongest prefirió no alinear al futbolista.
El Comité Ejecutivo de la FBF (foto de su última reunión) deslindó toda responsabilidad “en las acciones realizadas por el citado tribunal, mismo que es autónomo e independiente en cuanto a sus determinaciones, quedando las partes involucradas y/o afectadas en la libertad de interponer los recursos que la norma deportiva les franquea”.
El comunicado de la FBF también recuerda que en la edición 50 del Congreso Ordinario “se determinó que se nombrarán a miembros de los diferentes tribunales de justicia deportiva que reúnan condiciones de probidad, honestidad y transparencia”.
Advertencia de los árbitros
Los árbitros de fútbol han dado un plazo de tres días hábiles para que el Tribunal de Disciplina Deportiva revierta la resolución que anula la tarjeta roja a Willie Barbosa. Si su petición no es atendida declararán paro de actividades y no dirigirán partidos de la División Profesional ni de la Copa Simón Bolívar.
La Asociación Boliviana de Árbitros de Fútbol (ABAF) exige también que el proceso “se encamine en atención a la norma y en igualdad de partes para que se pueda determinar una resolución conforme a derecho”.
La ABAF considera que esa anulación “deja en estado de indefensión a los árbitros del país y establece un mal precedente para futuras determinaciones arbitrales, no solamente relacionada con la expulsión de jugadores sino con otras determinaciones que tomen los colegiados en el terreno de juego”.
Argumenta que la determinación del tribunal “no siguió el debido proceso” como indica el Código Disciplinario de la FBF y que debe primar el principio de igualdad de partes. Para su resolución, el TDD no requirió el informe ampliatorio a Méndez ni el informe a la Comisión de Árbitros, por tanto “tomaron una decisión unilateral”.
La ABAF se respalda en el artículo 6 inciso 4 del Código Disciplinario de la FBF que señala: “el árbitro es el que dirige, controla y adopta decisiones reglamentarias y disciplinarias en el transcurso de un partido, las mismas que son inobjetables y definitivas”.
Cita también el inciso C del artículo 18 del Reglamento de la Temporada 2020 que establece: “suspensión automática de un partido” como sanción por tarjeta roja.